15 julio, 2007

LA VOZ DE ASTURIAS 15-07-07 El Supremo triplica el IBI que deben pagar las eólicas a los municipios


LOS TERRITORIOS DEL OCCIDENTE SERAN LOS GRANDES BENEFICIADOS.
El alto tribunal falla que los parques tienen que cotizar como bienes de naturaleza especial.La sentencia judicial partió de un recurso que interpuso la federación de municipios de Galicia.


REDACCION

Una serie de molinos de viento en un parque eólico.
Foto:ARCHIVO
El occidente asturiano es el principal campo de acción de las empresas dedicadas a explotar la energía eólica. La llegada de estas compañías hace que lo ingresos de los concejos se incrementen por el pago de los impuestos. Pues bien, una reciente sentencia del Tribunal Supremo (TS) propiciará que las arcas municipales reciban más dinero proveniente de los tributos a pagar por parte de las eólicas, como mínimo se trataría de multiplicar por tres los impuestos, en este caso el IBI.
La historia nace en de un recurso que presentó la Federación Gallega de Municipios y Provincias (Fegamp), lo que en el Principado sería de la Federación Asturiana de Concejos (FACC), contra el Real Decreto 417/2006, en el que se excluía la posibilidad de que los parques eólicos tributasen como bienes e inmuebles de naturaleza especial, según publica La Voz de Galicia.
La decisión del TS anula tal precepto del decreto y obliga a que los parques ya no abonen el Impuesto de Bienes e Inmuebles (IBI) concebidos como espacios de naturaleza urbana, sino especial. En cifras, dicha resolución del alto tribunal supone que el tipo impositivo que deben pagar las empresas pase del 0,4% a un mínimo del 1,3%.
En Asturias, los territorios más beneficiados por la medida serán los concejos del occidente que es donde se centra el poder eólico de la región. Se trata, por ejemplo, de concejos como Tineo, que alberga el mayor parque de la comunidad, Salas, Allande, Grandas de Salime, Boal o Cangas del Narcea. Este último aprobó hace escasas fechas dar luz verde a la primera instalación de molinos eólicos.
RECURSO La resolución, dado que proviene del TS, no tiene posibilidad de ser recurrida a un tribunal de superior categoría, al menos en lo que se refiere al territorio español. Sin embargo, las empresas del sector tiene una posibilidad para echar abajo la sentencia del Supremo.
Se trataría de acudir a las instituciones judiciales de la Unión Europea, concretamente al Tribunal de Estrasburgo. La vía de luz que aún le queda a la patronal es acudir a dicha instancia, recurrir el fallo del Tribunal Supremo y que la decisión resultase a su favor. Siempre y cuando en Estrasburgo tomasen en consideración tal iniciativa. Por el momento se desconoce la postura de las empresas, ya que existen muchas asociaciones repartidas por cada una de las comunidades autónomas que cuentan con la orografía y las condiciones climatológicas idóneas para instalar un parque eólico.
REVISION Las compañías del sector también están enfrascadas en otra disyuntiva a cuento de la nueva regulación que prepara el Gobierno centra. La Asociación Empresarial Eólica (AEE) ha advertido sobre el peligro para el sector que supone el borrador de Real Decreto de regulación para las energías renovables propuesto por el Ministerio de Industria, que no recoge lo pactado en la reunión que mantuvieron el pasado 20 de marzo, por lo que podría comprometer las inversiones futuras y el desarrollo del sector en España.
La patronal amenazó con que, de aprobarse finalmente este decreto, la fuga a otros países sería su única opción. "El compromiso con el sector eólico es claro y la variable clave es la estabilidad regulatoria. Esto tendría un impacto en el futuro y se invertiría más fuera", indicó hace unas semanas Gonzalo Sáez de Miera, responsable de Prospectiva-Iberdrola Energías Renovables. "Se va a aprobar un texto que compromete el desarrollo de la energía eólica y se hace sin concluir un proceso de negociación. Se produce una situación en que no se han reflejado los compromisos ", afirman desde la AEE.